RESICO 2026: qué es, quién puede entrar y cómo inscribirte

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RESICO 2026:

Resumen rápido: el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) es un régimen fiscal para personas físicas que facturan hasta 3,5 millones de pesos al año. Pagas un porcentaje pequeño (entre 1% y 2,5%) sobre lo que cobras cada mes, sin llevar una contabilidad complicada. Si eres freelancer, profesionista independiente o tienes un negocio pequeño, probablemente te conviene. Aquí tienes qué es, quién puede entrar, quién no y cómo inscribirte paso a paso.


Qué es el RESICO

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal del SAT que entró en vigor el 1 de enero de 2022. Sustituyó al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que desapareció, y está pensado para que las personas con ingresos medianos y pequeños cumplan sus obligaciones de forma más sencilla y con una carga de impuestos más baja.

Su idea central es simple: pagas ISR (impuesto sobre la renta) sobre el dinero que realmente cobras cada mes, con una tasa fija según cuánto ingreses, y sin la mayor parte de las deducciones y cálculos del régimen general.

También existe una versión para personas morales (empresas), pero esta guía se enfoca en la de personas físicas, que es la que interesa a freelancers y emprendedores independientes.

Para quién está pensado

En general, el RESICO para personas físicas está dirigido a quienes perciben ingresos por:

  • Servicios profesionales o honorarios: diseñadores, programadores, redactores, consultores, psicólogos, fotógrafos, abogados, contadores independientes, etc.
  • Actividades empresariales: pequeños comercios, vendedores en línea, prestadores de servicios, talleres, comida, etc.
  • Arrendamiento: personas que rentan inmuebles, siempre que cumplan los requisitos.

Si trabajas por tu cuenta y emites facturas, este es el régimen que probablemente debes evaluar primero.

Requisitos para inscribirte en el RESICO

Para poder entrar al RESICO como persona física, en general necesitas cumplir lo siguiente:

  1. Ingresos anuales de hasta 3,5 millones de pesos. Es el límite principal. El cálculo se hace sobre los ingresos que cobras por tu actividad en el año. Hacienda propone subirlo a 5 millones para 2027, pero es solo una propuesta que el Congreso debe aprobar: para 2026 sigue vigente el límite de 3,5 millones.
  2. Estar dado de alta en el RFC y tener tu constancia de situación fiscal actualizada.
  3. Contar con e.firma o contraseña del SAT. La e.firma es la que usarás para firmar trámites y declaraciones; la contraseña (antes CIEC) sirve para entrar a varios servicios del portal.
  4. Tener activo el buzón tributario y un correo electrónico válido de contacto, porque ahí te llegan las notificaciones del SAT.
  5. Estar al corriente en tus obligaciones fiscales. Si tienes adeudos o incumplimientos, el SAT puede impedirte el cambio.
  6. Cumplir tus obligaciones de facturación electrónica (CFDI) conforme a las reglas vigentes del SAT.

Quién NO puede estar en el RESICO

Hay situaciones que impiden tributar en este régimen. Entre las más comunes están:

  • Ser socio, accionista o integrante de una persona moral, o ser parte relacionada.
  • Ser residente en el extranjero con establecimiento permanente en México.
  • Percibir ingresos asimilados a salarios, como los de consejeros, comisarios o administradores.
  • Realizar actividades a través de ciertas figuras jurídicas, como fideicomisos o asociaciones en participación.
  • Superar el límite de 3,5 millones de pesos de ingresos.
  • No cumplir con las obligaciones fiscales que exige el régimen.

La lista completa y los detalles están en el artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en las reglas del SAT, y pueden cambiar con cada reforma. Si tu caso es especial (por ejemplo, eres socio de una empresa y además facturas por honorarios), consulta con un contador antes de dar el paso.

¿Y si tengo un sueldo? En general, puedes ser asalariado y además tributar en el RESICO por tu actividad independiente. El sueldo se declara por separado de los ingresos del RESICO. Aun así, confirma tu caso con un contador, porque hay combinaciones particulares.

Cuánto se paga en el RESICO: las tasas

En el RESICO para personas físicas, el ISR mensual se calcula aplicando una tasa fija a todos los ingresos que cobraste en el mes. La tasa depende de tu nivel de ingresos mensuales:

Ingresos mensuales cobrados (hasta)Tasa de ISR
$25.000,001,00%
$50.000,001,10%
$83.333,331,50%
$208.333,332,00%
$291.666,672,50%

Cantidades en pesos mexicanos. Verifica la tabla vigente en el portal del SAT antes de publicar o declarar.

Ejemplo práctico: Ana es diseñadora freelance y este mes cobró $40.000 (sin IVA). Como está en el rango de hasta $50.000, su tasa es 1,10%.

  • ISR del mes = 40.000 × 1,10% = $440

Si en otro mes cobra $20.000, su tasa será 1,00% y pagará $200. Observa que no hay que restar gastos para sacar la base: la tasa se aplica sobre lo cobrado.

Otros puntos que debes conocer sobre los pagos:

  • IVA: el RESICO no cambia tu obligación de IVA. Si tu actividad lo causa, sigues cobrando el 16% a tus clientes y pagando el impuesto cada mes, descontando el IVA acreditable.
  • Retenciones: cuando una persona moral (una empresa) te paga, normalmente te retiene el 1,25% de ISR. Ese monto cuenta como pago de impuesto y debes tomarlo en cuenta.
  • Gastos: no se restan para calcular el ISR mensual de personas físicas en RESICO, pero conviene llevar el registro de tus comprobantes para tus deducciones personales y para cualquier aclaración.

Ventajas y desventajas del RESICO

Ventajas:

  • Tasas bajas en comparación con el régimen general, especialmente para quienes tienen pocos gastos deducibles.
  • Cálculo sencillo: una tasa aplicada sobre lo cobrado.
  • Menos carga administrativa que otros regímenes. En 2026, quienes tributan solo en RESICO, en general, no están obligados a presentar declaración anual.
  • Pagos mensuales definitivos: al presentarlos ya cumples con el ISR del mes.

Desventajas:

  • No restas gastos del negocio para calcular el ISR. Si tu actividad tiene muchos costos (por ejemplo, vendes productos con inventario caro), el RESICO puede no ser tan favorable.
  • Límite de 3,5 millones: si creces por encima, debes salir.
  • Obligaciones de facturación electrónica y de pagos mensuales al corriente.
  • Incompatible con ciertas situaciones (por ejemplo, ser socio de una empresa).

Cómo inscribirte al RESICO paso a paso

El procedimiento exacto puede variar según tu situación actual (si ya tienes RFC o no) y puede cambiar cuando el SAT modifica su portal. Esta es la ruta general:

Paso 1: reúne lo que necesitas

  • Tu RFC y tu constancia de situación fiscal (la descargas en el portal del SAT).
  • Tu e.firma (archivos .cer y .key y su contraseña) o tu contraseña del SAT.
  • Un correo electrónico válido y un teléfono de contacto.
  • Una identificación oficial vigente y tu comprobante de domicilio, por si el SAT los solicita.

Si aún no tienes RFC, deberás tramitarlo primero. Consulta nuestra guía sobre [cómo darte de alta en el SAT como freelancer] (enlace interno: artículo 4) y sobre [cómo tramitar tu e.firma] (enlace interno: artículo 7).

Paso 2: revisa tu situación actual

Descarga tu constancia de situación fiscal y revisa qué régimen y qué actividades económicas tienes registradas. Si vienes de otro régimen, anota cuál es.

Paso 3: entra al portal del SAT

Ingresa a sat.gob.mx con tu RFC y tu contraseña o e.firma, y busca el servicio de aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones (el nombre exacto puede cambiar con las actualizaciones del portal).

Paso 4: agrega o modifica el régimen

Dentro del servicio, agrega el Régimen Simplificado de Confianza y selecciona las actividades económicas que realizas (por ejemplo, servicios profesionales, venta de productos, arrendamiento). Si cambias de otro régimen, el sistema te indicará si debes dar de baja el anterior.

Paso 5: revisa las obligaciones

El sistema te mostrará las obligaciones asociadas al régimen (pagos mensuales y facturación, y la declaración anual solo en ciertos casos). Verifica que estén bien y confirma.

Paso 6: envía y guarda tu acuse

Firma y envía el aviso. Descarga y guarda el acuse y vuelve a bajar tu constancia de situación fiscal para comprobar que ya aparece el RESICO.

Paso 7: actualiza tus facturas

Con el régimen cambiado, tus facturas (CFDI 4.0) deben salir con tu nuevo régimen fiscal. Actualiza tu información en tu sistema de facturación y avísales a tus clientes para que usen tu constancia nueva. Consulta nuestra guía de [cómo hacer una factura CFDI 4.0 gratis paso a paso] (enlace interno: artículo 13).

Paso 8: activa tu calendario de obligaciones

Pon recordatorios para tus declaraciones mensuales (por lo general, a más tardar el día 17 del mes siguiente). Si solo tributas en RESICO, en 2026 no estás obligado a presentar declaración anual, pero puedes hacerlo de forma voluntaria (por ejemplo, para aplicar deducciones personales). Si además tienes otros ingresos, consulta con un contador si te corresponde presentarla. Revisa nuestro [calendario fiscal para freelancers] (enlace interno: artículo 24).

Consejo: si tienes dudas sobre los pasos o tu caso es particular, es mejor consultar a un contador. Un error al cambiar de régimen puede generar multas o pagos mal calculados.

Cuándo conviene (y cuándo no) entrar al RESICO

Suele convenir si:

  • Tus ingresos anuales están por debajo de 3,5 millones.
  • Tus gastos deducibles son bajos o moderados (por ejemplo, un freelancer de servicios).
  • Quieres un cálculo sencillo y tasas bajas.

Conviene revisar con un contador si:

  • Tienes muchos gastos del negocio que podrías deducir en el régimen general.
  • Estás cerca del límite de ingresos.
  • Eres socio de una empresa o tienes una situación mixta.

Para comparar con otras opciones, lee nuestra guía de [RESICO o actividad empresarial: cuál te conviene] (enlace interno: artículo 3).

Qué pasa si superas el límite de ingresos

Si tus ingresos pasan de 3,5 millones de pesos, dejas de poder tributar en el RESICO y debes pasar al régimen general que te corresponda. También puedes perder el régimen si dejas de cumplir con obligaciones como presentar tus pagos mensuales o cumplir tus obligaciones de facturación. Revisa con el SAT o con tu contador desde qué momento aplica el cambio en tu caso. Más detalle en [qué pasa si te pasas del límite de ingresos en RESICO] (enlace interno: artículo 6).

Preguntas frecuentes

¿El RESICO es obligatorio? No. Es una opción para quienes cumplen los requisitos. Si no encajas o prefieres otro régimen, puedes seguir en el que tengas, siempre que te corresponda.

¿Cuánto cuesta inscribirse? El trámite ante el SAT no tiene costo. Lo que sí puedes pagar es a un contador si lo contratas para que te ayude.

¿Puedo estar en RESICO si trabajo para una empresa extranjera? Depende de cómo factures y de tu situación. Es un caso común entre freelancers y lo explicamos en un artículo aparte (enlace interno: artículo 9).

¿Cuánto tiempo tarda el cambio? Si tu información está en orden, el aviso suele reflejarse rápido en tu constancia, pero conviene confirmarlo y no dar por hecho el cambio hasta verlo reflejado.

¿Tengo que seguir facturando con IVA? Sí, si tu actividad causa IVA. El RESICO cambia la forma de calcular el ISR, no tu obligación de IVA.

¿Tengo que presentar declaración anual en RESICO? En 2026, quienes tributan exclusivamente en RESICO, en general, no están obligados a presentarla, pero pueden hacerlo de forma voluntaria (por ejemplo, para aplicar deducciones personales). Si tienes otros ingresos, consulta con un contador.

Conclusión

El RESICO es una buena opción para muchos freelancers y emprendedores pequeños en México: tasas bajas, cálculo simple y menos trabajo administrativo. Antes de inscribirte, confirma que cumples los requisitos, que no estás en un caso de exclusión y que tus gastos no son tan altos como para que el régimen general te convenga más. Si todo encaja, el trámite es en línea y gratuito.


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